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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 78
PATRON SUSTITUTO, RESPONSABILIDAD DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 78
Si el propio demandado confesó expresamente, al contestar la demanda, que es miembro o socio de la empresa y que el taller en que trabajó el actor había sido de su propiedad antes de serlo de otra persona, admitiendo que tal sustitución patronal ocurrió cinco meses antes de la presentación de la demanda laboral, se coloca así el mismo dentro del periodo de seis meses de la responsabilidad solidaria existente entre el patrón sustituido y el sustituto, a que se refiere el artículo 35 del código laboral.
Precedentes
Amparo directo 7762/57. Concepción Montes de Hernández y coagraviados. 3 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.