Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275691
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 103
SEPARACION INJUSTIFICADA, CONSECUENCIAS DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 103
La consecuencia de la separación injustificada, en el caso de que el trabajador no opte por regresar al trabajo, es la de que se el indemnice con el importe de tres meses de salarios, según lo establece la fracción XXII del artículo 123 constitucional. Ahora bien esa indemnización debe pagarse sin distinción alguna y cualquiera que sea la duración del contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 7039/59. Samuel Kanarek. 6 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.