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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Quinta Parte; Pág. 13
DESPIDO, FALTA DE PRUEBA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Quinta Parte; Pág. 13
La particularidad de que el gerente de la empresa haya reconocido, al absolver posiciones, que le había dicho a la actora que dada su ineptitud para desempeñar el empleo, fuera a recibir unas clases de aritmética y otras de ortografía, no implica que hubiera confesado que despidió a la actora, toda vez que las frases de referencia no lo constituyen, máxime que ante la Junta el mismo gerente instó a la actora para que volviera a su trabajo, porque no era correcto que lo abandonara y ésta rehusó la proposición de la parte patronal, y como en el conflicto no probó que se le hubiera despedido, el laudo que así lo considera es legal y procede negar el amparo.
Precedentes
Amparo directo 2816/59. Margarita Bahena Pineda. 9 de mayo de 1960. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.