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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Quinta Parte; Pág. 37
LAUDOS CONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Quinta Parte; Pág. 37
La Junta no incurrió en violación del artículo 551 de la ley laboral, si no se ocupó en su laudo del abandono de trabajo a que tan insistentemente hace referencia el quejoso en sus conceptos de violación, si esta cuestión no formó parte de la litis.
Precedentes
Amparo directo 595/59. Francisco Barrera. 6 de mayo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.