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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Quinta Parte; Pág. 12
DAÑOS Y PERJUICIOS, PAGO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Quinta Parte; Pág. 12
Si la propia Junta considera acreditada la culpabilidad del actor, debió concluir considerando que éste estaba obligado a reparar el perjuicio que ocasionó la empresa.
Precedentes
Amparo directo 2305/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.