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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Quinta Parte; Pág. 93
TESTIGOS. APRECIACION DEL DICHO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Quinta Parte; Pág. 93
En cuanto al desechamiento del testigo por haber tenido demanda entablada en contra de la empresa, aun cuando en la fecha en que se ofreció su testimonio no planteaba aún su demanda y según el anexo que acompañó el promovente, llegó a un convenio con la misma, antes de la fecha en que rindió su testimonio, tal hecho pudo llevar a la Junta a la conclusión de que no contaba con la imparcialidad necesaria.
Precedentes
Amparo directo 3098/59. Cirilo Jiménez Rodríguez. 11 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.