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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 9
ABANDONO DE TRABAJO. CAUSA DE SEPARACION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 9
Si el actor reconoció como propia la firma que aparece en el acta de investigación administrativa, ello es bastante para darle autenticidad, aunque haya dicho que fue obligado a firmarla, si ninguna prueba se rindió respecto de tal coacción, siendo ilógico argumentar, por una parte, que a pesar de haberse reconocido la firma por aquel a quien perjudicaba, el documento no hacía prueba, y por otra, también es ilógico que no obstante que se probó que dicho actor se encontraba fuera del lugar de trabajo en horas en que debía estar en él y tenía en su poder bienes de la empresa que dijo haber encontrado en el lugar en que desempeñaba sus labores, debía concluirse que no se probaron las causas justificadas del despido.
Precedentes
Amparo directo 1567/58. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.