Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275814
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 14
ACCIONES Y EXCEPCIONES. DEBEN APOYARSE EN HECHOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 14
Tanto las acciones como las excepciones que las partes hacen valer en juicio, deben apoyarse en los hechos que hacen aplicables las disposiciones legales correspondientes.
Precedentes
Amparo directo 3736/58. Erubiel René del Valle Moro. 7 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.