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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 16
APRENDIZAJE. SE REFIERE A HABILIDADES TECNICAS ESPECIALES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 16
Dada la índole del negocio y trabajo (bonetería y ventas de mostrador) no cabía hablar de aprendizaje, porque éste siempre se refiere a un arte u oficio que requiera habilidades técnicas especiales, lo que unido a la circunstancia de que el demandado no exhibió el recibo que reconoció la actora y que solamente fue mencionado en forma genérica, llevaba a concluir que debía tenerse por cierto que se le pagaba un salario de cinco pesos diarios y no probada su calidad de aprendiz, era procedente que se le cubrieran las diferencias entre dicho salario y el mínimo legal.
Precedentes
Amparo directo 6186/58. Bernardo Yelin. 7 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.