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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275838
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 25
DESPIDO INJUSTIFICADO, ANTES DE TERMINAR EL LAPSO DEL CONTRATO LABORAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 25
Siendo el contrato por un año, y habiéndose sólo cumplido en parte por haber sido separado el trabajador injustificadamente antes de terminar el contrato, al condenar al pago de los salarios por un año, se satisface el derecho de la actora, pues los salarios del tiempo no trabajado son salarios caídos, pero con el límite de un año, y no por más tiempo.
Precedentes
Amparo directo 4212/59. María Inés Quevedo Camargo. 16 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.