Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275842
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 26
DOCUMENTOS PRIVADOS NO RATIFICADOS PROVENIENTES DE TERCEROS, VALOR PROBATORIO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 26
Los documentos privados provenientes de terceros, cuando no son ratificados por quien los suscribe, deben equipararse a una prueba testimonial rendida sin los requisitos de ley, por lo que carecen de valor probatorio.
Precedentes
Amparo directo 4458/59. Héctor Alvarez Flores. 30 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.