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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275867
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 41
HORAS EXTRAS. DEBEN PROBARSE DE MOMENTO A MOMENTO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 41
La presunción legal nacida de tener por contestada la demanda en sentido afirmativo, no es apta ni suficiente para tener por comprobado el tiempo extraordinario de trabajo, sino que tales horas extraordinarias deben acreditarse plenamente día a día, momento a momento.
Precedentes
Amparo directo 5640/58. Laura Cruz. 14 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.