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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275899
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 61
RESCISION IMPROCEDENTE POR DESOBEDIENCIA DEL TRABAJADOR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 61
Jurídicamente resulta indudable que para que pueda tenerse como causa justificada la rescisión del contrato de trabajo la desobediencia del trabajador, a órdenes recibidas del patrón, es preciso que se demuestre que tal desobediencia se refirió a órdenes relacionadas con las obligaciones que el propio contrato imponga al trabajador.
Precedentes
Amparo directo 6429/56. Adolfo Soberanis. 9 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.