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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 71
TRABAJADORES DEL ESTADO. GRATIFICACIONES ANUALES DE LOS, FORMAN PARTE DEL SALARIO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 71
Siendo las gratificaciones anuales que el Ejecutivo acuerda en beneficio de los trabajadores al servicio del Estado una compensación a cambio de servicios prestados, debe estimarse que en los términos del artículo 29 estatuario forman parte del salario, y si en su laudo el propio tribunal establece que la baja del trabajador careció de fundamento legal, resulta evidente que aquél era acreedor a la gratificación acordada durante la vigencia de su nombramiento.
Precedentes
Amparo directo 6697/59. Eleuterio García Ortiz. 10 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.