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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 72
TRABAJADORES DEL ESTADO, LOS NOMBRAMIENTOS POR TIEMPO FIJO, TERMINAN EN LA FECHA EXPRESADA EN EL MISMO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Quinta Parte; Pág. 72
Si el nombramiento expedido al actor lo fue con el carácter de supernumerario y además por tiempo fijo, sin que en su demanda el propio actor hubiera ejercitado la acción correspondiente a la prórroga de tal nombramiento, independientemente de la existencia de partida presupuestal, los efectos de su nombramiento necesariamente concluían en la fecha expresada en el mismo, por lo que absolver el tribunal responsable de la reinstalación en el puesto, no incurrió en violación legal alguna.
Precedentes
Amparo directo 6697/59. Eleuterio García Ortiz. 10 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.