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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275992
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Quinta Parte; Pág. 80
SEGURO SOCIAL, INSCRIPCION EN EL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Quinta Parte; Pág. 80
Si el trabajador fue inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social con un salario inferior al que percibía, en ello tuvo responsabilidad él también, pues al firmar su cédula de inscripción debió darse cuenta de cual era el salario promedio que se fijaba, por tratarse de un trabajador destajista, independientemente de que si las cuotas que pagaba correspondían a un grupo en el cual no debía cotizar, estuvo en su derecho de exigir se le hiciera cotizar en el grupo correcto.
Precedentes
Amparo directo 1041/59. Luis Cazares Santana. 24 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.