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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276007
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Quinta Parte; Pág. 96
TRABAJADORES DEL ESTADO. EXCEPCIONES, FALTA DE ESTUDIO DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Quinta Parte; Pág. 96
Si se condena al titular de una secretaría, sin tener en cuenta las excepciones hechas valer oportunamente, en el sentido de que el actor tenía el carácter de empleado provisional, así como la derivada de que su nombramiento era por término fijo y en todo caso el demandante sólo tendría derecho a que se le pagara el importe de sus salarios hasta el día de vencimiento de dicho término, tal omisión implica violación a lo dispuesto por el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, aplicable supletoriamente, de acuerdo con el artículo 8o. estatutario, por lo que procede la concesión del amparo, para el efecto de que el tribunal responsable dicte nuevo laudo, en el que haciendo el estudio de todas las excepciones hechas valer por el titular quejoso, resuelva lo que proceda.
Precedentes
Amparo directo 5138/59. Secretario de Agricultura y Ganadería. 18 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.