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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Quinta Parte; Pág. 9
ABANDONO DEL TRABAJO, CARGA DE LA PRUEBA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Quinta Parte; Pág. 9
Si la empresa quejosa alegó en el juicio laboral que la trabajadora había abandonado el servicio en la fecha en que dijo había sido despedida, estuvo obligada la propia empresa a probar el abandono del trabajo por parte de la actora, por cuanto además, no alegó ninguna causal de rescisión del contrato de trabajo, ni aceptó el despido alegado por la trabajadora.
Precedentes
Amparo directo 230/59. "La Flor de Acapulco", S. A. 29 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.