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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Quinta Parte; Pág. 63
RESCISION DEL CONTRATO LABORAL. SUPONE DOLO O IMPRUDENCIA DEL TRABAJADOR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Quinta Parte; Pág. 63
Las distintas fracciones del artículo 121 del código laboral, suponen, precisamente, el dolo o la imprudencia del trabajador en los actos u omisiones que constituyen las faltas que se le imputen.
Precedentes
Amparo directo 191/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.