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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Quinta Parte; Pág. 74
INTERMEDIARIOS DE LA DEMANDADA, NEGATIVA DE SERLO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Quinta Parte; Pág. 74
Si la empresa se excepcionó alegando que los actores despedidos no eran sus trabajadores sino que probablemente lo eran de los contratistas que los despidieron, tal forma de contestar la demanda implica la afirmación de que los contratistas no eran intermediarios de la demandada sino patrones independientes capaces de contratar trabajadores por su cuenta y riesgo. Esta situación jurídica le correspondía probarla a la demandada, puesto que los actores prestaron sus servicios en las obras en que estaba empeñada dicha demandada, tanto por ser ella la que planteó tal excepción, como porque es la que podía exhibir los contratos que tuviera celebrados con los llamados contratistas, en los cuales han de fijarse las condiciones en que dichos contratistas se encargan de las obras de las cuales podían precisarse que no tenían el carácter de simples intermediarios.
Precedentes
Amparo directo 4048/59. Junta Federal de Mejoras Materiales de Acapulco. 7 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Angel González de la Vega.