Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276101
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Quinta Parte; Pág. 94
REINSTALACION, ACEPTACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Quinta Parte; Pág. 94
Al admitir el trabajador actor su reinstalación, quedando pendiente el juicio en lo que corresponde al pago de las demás prestaciones que exigió, de hecho aceptó que no fue despedido, por lo que no puede alegar en su demanda de garantías que la demandada le rescindió su contrato de trabajo. Ahora bien, si el demandado se concretó a demostrar que el actor había aceptado regresar al trabajo en la fecha en que se le ofreció el puesto, fue al trabajador a quien correspondió la carga de la prueba relativa al despido injustificado de que dijo había sido objeto.
Precedentes
Amparo directo 6290/57. Angel Encinas Pérez. 9 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.