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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
276109
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Quinta Parte; Pág. 104

TRABAJADORES DEL ESTADO. PRESCRIPCION DE LA ACCION DE CESE, TERMINO DE LA.

[J]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Quinta Parte; Pág. 104

Precedentes

Sexta Epoca: Quinta Parte: Volumen II, página 72. Amparo directo 2464/56. Jefe del Departamento Agrario. 29 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo. Volumen III, página 125. Amparo directo 3602/56. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 25 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Volumen VII, página 157. Amparo directo 6172/56. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 8 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Volumen VIII, página 167. Amparo directo 3548/56. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 21 de febrero de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XII, página 257. Amparo directo 3986/57. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 12 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Registro digital (IUS): 276109