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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Quinta Parte; Pág. 14
CONTRATO LABORAL. INEXISTENCIA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Quinta Parte; Pág. 14
No puede llegarse a la conclusión de que quedaron probados los elementos del contrato de trabajo, aun cuando se precisó la cantidad reclamada como salario y participaciones y que al reclamar los salarios caídos se fijó otra suma como monto del salario, si nada se dijo respecto de los demás elementos del contrato de trabajo o sean el servicio que debía prestar, la duración del contrato, la jornada en la cual había quedado sujeto el actor a la dirección y dependencia del demandado, poniendo a su disposición por un tiempo determinado su capacidad de trabajo; resultando así que no existió contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 6081/58. Ramón Villarreal Sánchez. 5 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.