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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Quinta Parte; Pág. 27
DESPIDO, PRESUNCION DE INEXISTENCIA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Quinta Parte; Pág. 27
Si el demandado no se limitó a negar el despido, sino que, además requirió al actor para que volviera al trabajo, a lo que éste se negó, circunstancia por la que se establece la presunción de la inexistencia del despido, habiendo insistido el reclamante en que fue despedido y en exigir el pago de tres meses de salarios por concepto de indemnización, a él correspondía probar sus afirmaciones.
Precedentes
Amparo directo 5171/58. Mauro Estrada Bolaños. 12 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.