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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Quinta Parte; Pág. 77
TRABAJADORES DEL ESTADO. DESPIDO INJUSTIFICADO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Quinta Parte; Pág. 77
Si el cese no se sujetó a las reglas que establece el Estatuto Jurídico, no se concibe que el despido haya quedado justificado por lo que debe condenarse a la reinstalación solicitada a efecto de que en tanto no se cubran los requisitos estatutarios, no se afecten los intereses del actor.
Precedentes
Amparo directo 7406/58. Victorio Jiménez Alcantar. 12 de noviembre de 1954. Cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo directo 7602/58. Antonio Mariscal Abascal. 11 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.