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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 36
DESPIDOS OCURRIDOS ANTES DE LA REFORMA DEL ARTICULO 122 DE LA LEY LABORAL, LEY APLICABLE A LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 36
El artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, reformado, que está en vigor desde el siete de febrero de mil novecientos cincuenta y seis, no es aplicable en los conflictos por despidos ocurridos con anterioridad a esa fecha, pues de aplicarse esta disposición en los conflictos originados por hechos ocurridos con anterioridad a su vigencia, se incurriría en una aplicación retroactiva del mismo.
Precedentes
Amparo directo 3582/57. Miguel Gutiérrez Atayde. 23 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.