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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276209
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 45
EXCEPCIONES, FALTA DE MENCION DEL NOMBRE DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 45
La circunstancia de que no haya mencionado el nombre de la excepción, no autoriza para tenerla por no opuesta, ya que las excepciones proceden en juicio, aunque no se exprese su nombre, bastando con que se determine con caridad el hecho en que consiste la defensa que se hace valer.
Precedentes
Amparo directo 1548/59. Teresa Peral Alvarez. 1o. de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.