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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 145
TRABAJADORES DEL ESTADO. CESE, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Quinta Parte; Pág. 145
No se inicia la prescripción de la acción de cese, antes de que la investigación aporte los datos necesarios para que el titular aprecie la naturaleza de la falta atribuida al trabajador, lo que no significa en manera alguna que la prescripción se inicie a partir de la fecha en que el titular o sus representantes declaren cerrada una averiguación, a pesar de que con anterioridad haya tenido conocimiento de los hechos investigados, ya que, de ser así, quedaría a su arbitrio fijar la fecha en que se inicia la prescripción, ordenando el desahogo de diligencias o trámites innecesarios, lo que por ningún concepto puede aceptarse.
Precedentes
Amparo directo 4692/59. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 21 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.