Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276268
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276268
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 9
APODERADOS, FALTA DE COMPROBACION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 9
Si de los autos del juicio laboral aparece que los quejosos nombraron como sus apoderados a determinados abogados, quienes los representaron durante toda la tramitación del juicio, sin que exista constancia alguna de la que aparezca que se reconoció a otra persona como apoderado de los mismos quejosos y aquél, al presentar su demanda de amparo no presentó poder alguno que acreditara la personalidad con que se ostentó, debe concluirse que no acreditó ser apoderado de los demandantes.
Precedentes
Reclamación en amparo directo 6893/57. Simón Zamarripa Castillo y coagraviados. 24 de septiembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.