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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 12
CONCEPTOS DE VIOLACION, DEFICIENCIA DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 12
Si en el juicio de amparo promovido por el patrón demandado en un conflicto de trabajo se afirma que la Junta responsable no estimó debidamente las pruebas rendidas y dio valor probatorio a una confesión ficta aunque por su propia naturaleza carecía de valor legal, sin expresar cuales son los motivos por lo que no debió reconocérseles eficacia, el amparo debe negarse y la deficiencia del concepto de violación no puede suplirse en virtud de no haber sido el quejoso quien tiene el carácter de trabajador en la relación laboral.
Precedentes
Amparo directo 2917/56. Carlos Martínez Maldonado. 4 de septiembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.