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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 13
CONTRATO LABORAL, FALTA DE PRUEBA DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 13
Si el actor, a quien correspondió la carga de la prueba, no llegó a justificar su calidad de trabajador al servicio de la demandada, debe concluirse que no probó su acción, presupuesto legal que estuvo obligado a cumplir conforme a los principios básicos de derecho procesal. Esta sola circunstancia basta para fundar un laudo absolutorio en virtud de que si resulta improbada la acción deducida, es obligada la absolución correspondiente, con independencia absoluta de la procedencia o improcedencia de las excepciones opuestas, o bien, hasta en ausencia de defensa.
Precedentes
Amparo directo 5820/58. Raúl García Solís. 10 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.