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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276279
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 17
DERECHOS LABORALES, IRRENUNCIABILIDAD DE LOS. TERMINACION VOLUNTARIA DEL CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 17
En forma reiterada esta Corte sostiene la tesis de que las renuncias de derechos a que se refiere la fracción XXVII del artículo 123 constitucional y el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, son aquellos que pueden pactarse por un trabajador en el contrato laboral y que tienen como consecuencia la de que el obrero se compromete a no exigir las prestaciones que en su favor establece dicha ley; pero no puede hablarse de renuncia de derechos en tratándose de la terminación voluntaria del contrato por parte del trabajador y con anuencia del patrón, pues en este caso se ejercita un derecho como lo es el establecido por la fracción I del artículo 126 del citado ordenamiento laboral.
Precedentes
Amparo directo 7828/58. Victoria Macías Garduño. 10 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.