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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276296
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 35
PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Quinta Parte; Pág. 35
Si la Junta dio una importancia que no tiene a olvidos de los testigos, relativos a accidentes, y no tomó en cuenta que sobre el hecho sujeto a pruebas estuvieron acordes; y por haber firmado la constancia en la fecha de los hechos no se trató de testigos improvisados para el caso, debe concluirse que el olvido de detalles accidentales es normal en un testigo que no tiene interés en retenerlos en la memoria y que no ha sido aleccionado para declarar.
Precedentes
Amparo directo 374/59. Compañía Textil San Javier, S. A. 3 de septiembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.