Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276394
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Quinta Parte; Pág. 81
PRUEBAS, VALORACION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Quinta Parte; Pág. 81
Lo que el quejoso deduzca de la prueba, en el terreno de las suposiciones y probabilidades, no tiene influencia en la valoración que de tal probanza hace la responsable.
Precedentes
Amparo directo 6898/58. José García Barragán. 10 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.