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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Quinta Parte; Pág. 113
TRABAJADORES DEL ESTADO. FALTAS DE PROBIDAD Y HONRADEZ.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Quinta Parte; Pág. 113
Del hecho de que la actora haya admitido que fue detenida para practicársele una investigación en relación con actos delictuosos cometidos por terceras personas, no puede inferirse la comisión de ninguna falta que pudiera dar lugar a una suspensión indefinida, que equivale propiamente a un cese.
Precedentes
Amparo directo 5970/58. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 28 de agosto de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.