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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 46
CONTESTACION A LA DEMANDA, DEBE SER PRECISA LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 46
Si el demandado al contestar la demanda lo hizo en forma vaga e imprecisa, no opuso excepción alguna que deba tomarse en cuenta al fallar, porque si no se mencionan los requisitos que el actor no ha cumplido, se le coloca en estado de indefensión ya que no podría probar en contrario de tal afirmación.
Precedentes
Amparo directo 5413/58. Manuel Chávez Briones. 22 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.