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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 56
CONTRATO LABORAL, PRUEBA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 56
No se tiene por acreditada la relación laboral, si de las declaraciones de los testigos no se desprende que hubiesen existido relaciones de dirección y dependencia entre reclamante y demandada, pues para ello precisa, en primer término, la determinación del tipo específico de labor para conocer después en qué condiciones se desarrolla la misma, presupuestos que no pueden deducirse.
Precedentes
Amparo directo 7939/58. Vicente Sierra Muñoz. 31 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.