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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 71
DESPIDO INJUSTIFICADO, CONTESTACION EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 71
Cuando el trabajador basa su demanda en el hecho de haber sido despedido injustificadamente, el patrón puede negar ese hecho; pero en tal caso, para no colocar al actor en un estado de indefensión, debe exponer las razones en que funde su negativa, aduciendo que el trabajador abandonó voluntariamente el trabajo, o que se venció el término del contrato, o bien cualquiera otra circunstancia que excluya el hecho del despido.
Precedentes
Amparo directo 940/59. Maximino Gómez Torres. 24 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.