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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 75
ENFERMEDADES PROFESIONALES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 75
El actor no está obligado a precisar cuáles de sus enfermedades son profesionales y cuáles no, por no ser técnico al respecto; son los peritos los que han de precisarlas de acuerdo con sus conocimientos.
Precedentes
Amparo directo 7903/58. Instituto Mexicano del Seguro Social. 1o. de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.