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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 75
EBRIEDAD. CAUSA DE RESCISION DEL CONTRATO LABORAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 75
El hecho de que el trabajador se portó en forma grosera con los clientes de la negociación encontrándose en estado de ebriedad, acredita la causal a que se refiere la fracción XIII del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 823/58. Adolfo del Valle. 20 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.