Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/276483
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276483
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 94
LAUDOS CONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 94
La responsable no podía tomar en cuenta hechos que no se plantearon en la lite ni mandar desahogar pruebas que no le fueron ofrecidas para probar circunstancias y hechos que no manifestó el actor.
Precedentes
Amparo directo 7797/58. José Luis Rivera Valverde. 1o. de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.