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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 106
PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 106
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje son soberanas para apreciar la prueba pericial; sin embargo, esta facultad no las autoriza a decidir alterando los hechos e incurriendo en defectos de lógica en su raciocinio.
Precedentes
Amparo directo 3057/57. Dolores Escamilla Romero y coagraviados. 9 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.