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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276529
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 130
TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION POR FALTAS COMETIDAS POR LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 130
Si el conocimiento de las faltas que se atribuyeron al empleado lo tuvo el titular actor en la fecha determinada del acta administrativa levantada al efecto que se adjuntó a la demanda laboral y ésta fue presentada ante la responsable, después de un mes de aquella fecha, para esta última fecha ya había transcurrido con exceso el término de un mes en que el quejoso pudo ejercitar la acción, por lo que esa acción debe concluirse que estaba prescrita.
Precedentes
Amparo directo 2264/59. Secretario de Comunicaciones y Transportes. 31 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.