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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 143
TRABAJADORES DEL ESTADO. SINDICATOS, EXPULSION DE SUS MIEMBROS. NO ES DE INTERES PUBLICO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Quinta Parte; Pág. 143
No existe razón alguna para pensar que el Estado y la sociedad están interesados en forma inmediata en que la expulsión de los miembros de un sindicato se haga precisamente cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de la Unión y, por el contrario, es evidente que a quienes interesa y afecta que la norma relativa sea cumplida en sus términos es a aquellos en cuyo beneficio se estableció, que son los trabajadores que sean expulsados o el sindicato que acordó esa medida, que no tiene trascendencia social y no sale del ámbito de los intereses particulares de unos y otro.
Precedentes
Amparo directo 6804/57. Francisco Navarro Mendoza. 17 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.