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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 45
DESPIDO, CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 45
Si el actor dejó de acreditar, como le correspondía, el hecho del despido, por haber negado el patrón el hecho y haberlo ofrecido el trabajo, sus faltas al trabajo no pueden ser imputables al patrón, lo que debe traducirse en la absolución del pago de los salarios caídos, pero sin que ello quiera decir que pueda absolverse al patrón de la reinstalación, porque lejos de oponerse a ella, la ofreció, estando de acuerdo en que la relación contractual subsistiera.
Precedentes
Amparo directo 1115/58. Pedro Palacios. 29 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.