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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276580
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 78
FERROCARRILEROS, DEMANDA O ACUSACION CONTRA LOS, POR LA EMPRESA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Quinta Parte; Pág. 78
Para que se actualicen las obligaciones que impone a la empresa la cláusula 263 del contrato colectivo que rige a los trabajadores ferrocarrileros, se requiere la realización de los supuestos previstos en la misma disposición contractual, entre los cuales se encuentra el relativo a que "el trabajador sea demandado o acusado por la empresa.".
Precedentes
Amparo directo 1695/58. Ferrocarriles Nacionales de México. 17 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.