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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276627
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 34
CONTRATO DE TRABAJO, CUMPLIMIENTO DEL. PRESCRIPCION DE LA ACCION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 34
No siendo el caso de la reinstalación por despido injustificado el que el quejoso planteó ante la responsable, sino una acción de cumplimiento del contrato colectivo, la prescripción estaba regida por la norma del artículo 328 de la ley laboral, y prescribía en un año, no en un mes, por lo que si la demanda fue presentada antes de un año es evidente que la acción fue oportunamente ejercitada.
Precedentes
Amparo directo 4585/58. Felipe Sánchez Franco. 8 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.