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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 35
CONTRATO DE TRABAJO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 35
Si se comprobó que la actora ocupaba todo su tiempo hábil como profesora, al servicio del plantel educativo de la demandada y que su sueldo la colocaba bajo la dependencia económica de la misma, resulta evidente que la relación contractual de que se trata es de trabajo, y es inconsistente el argumento de la directora que pretende que los servicios de la actora no estaban colocados bajo la dirección técnica de la propia quejosa, porque su sola categoría de directora del colegio contradice su aserto.
Precedentes
Amparo directo 3532/58. Estela G. de Moreno. 29 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.