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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 63
EXCEPCIONES, NO ES NECESARIO QUE SE EXPRESE EL NOMBRE DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 63
No es necesario que se exprese el nombre de la excepción para que se tenga por opuesta legalmente, sino que basta que se determine con caridad el hecho en que se basa la defensa que se hace valer.
Precedentes
Amparo directo 6879/58. José Anastasio González. 15 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.