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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 276662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 90
LAUDOS CONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Quinta Parte; Pág. 90
No se incurre en violación del artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, si los actores laborales demandaron el pago de los salarios caídos, desde determinada fecha hasta la terminación del juicio, y el laudo se ocupó de esta reclamación y condenó al pago de los salarios caídos.
Precedentes
Amparo directo 344/58. Servicios Aéreos de Chiapas, S. A. de C. V. 16 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.